Preguntas Frecuentes
Gratificación 2025
La principal diferencia entre la CTS y la gratificación es que la primera, como lo establece sus siglas, se establece como compensación al tiempo de servicios para una entidad empresarial mientras que la gratificación es un beneficio social. Asimismo, ambas se diferencian por los meses en los que se realiza el depósito. La CTS se deposita en los meses de Mayo y Noviembre mientras que la gratificación se deposita en los meses de Julio y Diciembre.
La gratificación laboral se recibe dos veces al año, en Julio y Diciembre, de acuerdo a la legislación vigente. Los empleadores tienen hasta la quincena de los meses mencionados respectivamente para hacer el depósito correspondiente.
La gratificación es un derecho social de los empleadores del sector privado mientras que el aguinaldo es un tipo de remuneración adicional para los trabajadores del sector público. Esta última, a diferencia de la gratificación, es establecida por el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF).
Para el cálculo de gratificación, se considera la remuneración vigente al 30 de Junio para el caso del mes de Julio y, la vigente al 30 de Noviembre, en relación a Diciembre. En ese sentido, si el trabajador percibe un incremento salarial posterior a ambas fechas, esto no ingresaría al cálculo de la gratificación vigente.
De acuerdo a la Ley 30334, la gratificación no está afecta a descuentos por aportaciones, contribuciones ni descuentos. Sin embargo, si el colaborador supera las 7 UIT, de acuerdo a la Ley del impuesto a la renta, la gratificación estará afecta solamente al descuento de quinta categoría.
De acuerdo con el D. S. 019-2006-TR, las empresas que no realicen el depósito de gratificación en el tiempo establecido se encuentran sujetas a la adjudicación de multas que varían acorde a la cantidad de trabajadores y monto de UIT vigente.
De acuerdo al D. S. 013-2023-Produce, los trabajadores de la pequeña empresa también acceden a gratificación en los meses de Julio y Diciembre. Sin embargo, a diferencia de otros regímenes laborales, reciben solo media gratificación.
Sí. De acuerdo a la Ley 31110, los trabajadores del régimen agrario reciben gratificaciones. Sin embargo, estas pueden ser prorrateadas en su remuneración mensual o estos pueden elegir las fechas de pago en las que desean recibir estos montos.
La gratificación de diciembre se calcular en base al salario mensual, el bono por EsSalud o EPS que reciba el trabajador y la asignación familiar (en caso esta se refleje mensualmente en sus boletas). Con ello, podrás recibir el pago correspondiente hasta antes del 15 de diciembre.
La gratificación es un beneficio económico que se paga en julio y diciembre a los trabajadores del régimen privado, equivalente a un sueldo completo más una bonificación adicional. El aguinaldo, en cambio, es un concepto usado principalmente en el sector público y suele tener un monto fijo establecido por el Estado.
Para recibir la gratificación deberás haber trabajado al menos un mes completo dentro del periodo computado. Por ejemplo, para recibir la gratificación de diciembre deberás haber trabajado al menos un mes entre los meses julio a noviembre del año en curso. Ahora bien, si trabajaste más de un mes pero no los 6 meses completos, te corresponde un prorrateo. Para mayor información, deberás consultar con el área de gestión humana o recursos humanos de la empresa para la que trabajas.






